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Implementación de la 6ta Enmienda en México

octubre 23, 20202020 , Comercio Exterior , Legislación Aduanera , TIGIE

La Organización Mundial de Aduanas (OMA) es un organismo intergubernamental independiente que tiene como principal misión incrementar la eficiencia de las administraciones de aduanas. Actualmente agrupa a 183 países y se encarga del funcionamiento, implementación, adecuación y modificación del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías.

Este sistema ha sido de suma importancia para el intercambio comercial, ya que busca uniformar con un solo código la clasificación arancelaria de los bienes  y productos, lo cual nos permite conocer las regulaciones y restricciones no arancelarias (RRNA’s) de las mercancías necesarias para su introducción a un país.

Desde el 8 de febrero de 1988, México forma parte de la OMA y adopta las disposiciones de esta organización a través de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (LIGIE).  Como miembro, nuestro país está obligado a la utilización de dicho sistema, así como a la aplicación de  las modificaciones realizadas al mismo (enmiendas) cada 5 años aproximadamente.

La Sexta Enmienda

La Sexta Enmienda que entró en vigor en el mundo el 01 de enero de 2017, implica una modificación y actualización de la clasificación de mercancías, mediante su eliminación, aumento o actualización, que atiende a la creación de nuevas mercancías con tecnología avanzada. Para la implementación de la Sexta Enmienda  en México, se publicó la nueva LIGIE el pasado 01 de julio en el Diario Oficial de la Federación (DOF), teniendo como principales cambios de esta implementación destacan la creación de 13 fracciones arancelarias y la modificación de otras 5 en la TIGIE.  Los sectores nacionales que sufrieron cambios a raíz de la sexta enmienda de la OMA fueron: el pesquero, textil, forestal, de cerámicos, medicinas y vacuna anti malaria, químico, el automotriz, entre otros.

La Nueva LIGIE abre paso a la modernización de la Tarifa Arancelaria mexicana a través de la implementación del Número de Identificación Comercial (NICo), el cual se trata de un quinto par de dígitos adicionado a los ocho dígitos que componen actualmente una fracción arancelaria.

La actualización de la LIGIE contempla:
  • COORDINAR todo el proceso con SAT/SHCP.
  • ELIMINAR fracciones arancelarias obsoletas y ambiguas.
  • COMPACTAR fracciones arancelarias con el mismo arancel y misma unidad de medida, por lo que el proyecto de TIGIE tiene menos fracciones arancelarias.
  • DESGLOSAR (NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN COMERCIAL) – crear códigos que permitan contar con mejor información estadística.
  • FACULTAR a la SE para la emisión de los NICos y la metodología para su creación y modificación
Números de identificación Comercial

La clasificación de las mercancías estará integrada por la fracción arancelaria y los números de identificación Comercial, el cual estará integrado por 2 dígitos, los cuales se colocan en la posición posterior de la fracción arancelaria que corresponda, y que estarán ordenados progresivamente iniciando del 00 al 99, siendo una herramienta de facilitación comercial que permita separar la función de inteligencia comercial y estadística de la función reguladora, tanto en el aspecto arancelario como en el de regulaciones y restricciones no arancelarias.

Estructura del NICO:
Fuente - snice.gob.mx
NOTA:

Para consultar mayor información sobre el PROYECTO DE NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN COMERCIAL (NICO) presentada por SNICE, visita el siguiente link: https://www.snice.gob.mx/cs/avi/snice/nico.ligie.html

En eConnect entendemos que una adaptación al cambio de manera oportuna será la clave para una mejor toma de desiciones dentro de la empresa que permita minimizar riesgos y realizar correcciones  a tiempo.

Es por eso que trabajamos para ofrecerte una herramienta digital que esta en constante desarrollo y actualización. Ahora con nuestro nuevo módulo TIGIE anticípate al cambio. 


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